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decreto 3573 de 2003

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1El Límite Máximo De La Asignación Básica Mensual De Los Empleados Públicos De Las Entidades Territoriales Para El Año 2003 Queda Determinado Así: Nivel Jerárquico Sistema General Límite Máximo Asignación Básica Mensual Directivo $5,531,491 Asesor $5,153,048 Ejecutivo $3,594,633 Profesional $3,152,767 Técnico $1,321,263 Asistencial $1,307,779 Parágrafo

°. El límite máximo de la asignación básica mensual de los empleados públicos de las entidades territoriales para el año 2003 queda determinado así: Nivel jerárquico Sistema general Límite máximo asignación básica mensual Directivo $5,531,491 Asesor $5,153,048 Ejecutivo $3,594,633 Profesional $3,152,767 Técnico $1,321,263 Asistencial $1,307,779

Parágrafo

Los Niveles Administrativo y Operativo del Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de las entidades territoriales contemplados en el Decreto-ley 1569 de 1998, serán equivalentes al Nivel Asistencial de la Rama Ejecutiva del orden nacional.

Article 2

º . Ningún empleado público de las entidades territoriales podrá percibir una asignación básica mensual superior a los límites máximos establecidos en el artículo primero del presente decreto. En todo caso, ningún empleado público de las entidades territoriales podrá devengar una remuneración total mensual superior a la que corresponde por todo concepto al Gobernador o Alcalde respectivo.

Article 3

º . Ninguna autoridad podrá autorizar o fijar asignaciones básicas mensuales que superen los límites máximos señalados en el presente decreto, en concordancia con lo establecido en los artículos 10 y 12 de la Ley 4º de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

Article 4

º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga en especial el Decreto 693 de 2002, las demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2003.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de1992
El Ministro del Interior y de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública