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decreto 1606 de 1902

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Del Decreto Número 1,506 Del Presente Año (9 De Octubre), El Cual Queda Así Reformado

Artículo único. Desde el primero de Noviembre del presente año, el Director de la Litografía Nacional gozará del sobresueldo del veinte por ciento (20 por 100), computado sobre el sueldo que disfruta en la actualidad, en los mismos términos de lo establecido en el artículo 1.° del Decreto número 1,506 del presente año (9 de Octubre), el cual queda así reformado. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda
El Ministro del Tesoro