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decreto 2582 de 1955

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 78 de 1935

Article 1Los Pagadores Oficiales, Sean Nacionales, Departamentales O Municipales, Para Cubrir Los Sueldos Y Pensiones Correspondientes Al Mes De Marzo De Cada Año, O Su Primera Quincena O Década, Según El Caso, Exigirán Al Empleado El Certificado De Paz Y Salvo Con El Tesoro Nacional, Por Concepto De Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios, Expedido Por Correspondiente Funcionario De Hacienda Nacional, Junto Con El Comprobante De Haber Presentado Su Declaración De Renta Y Patrimonio Por El Año Inmediatamente Anterior

º. Los Pagadores Oficiales, sean Nacionales, Departamentales o Municipales, para cubrir los sueldos y pensiones correspondientes al mes de marzo de cada año, o su primera quincena o década, según el caso, exigirán al empleado el certificado de paz y salvo con el Tesoro Nacional, por concepto de Impuesto sobre la Renta y Complementarios, expedido por correspondiente funcionario de Hacienda Nacional, Junto con el comprobante de haber presentado su declaración de renta y patrimonio por el año inmediatamente anterior.

Article 2Queda En Estos Términos Modificado El Artículo 2º Del Decreto Número 1260 De 1953 Y Demás Disposiciones Que Sean Contrarias Al Presente Decreto, Que Regirá Desde Su Sanción

º. Queda en estos términos modificado el artículo 2º del Decreto número 1260 de 1953 y demás disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, que regirá desde su sanción.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público