JurídicoESEN

decreto 2581 de 1994

4 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992.

Article 1Suprímese En El Consulado General De Colombia En Lima, Perú, El Cargo De Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 6pa (Local), Con Una Asignación Básica Mensual De Mil Cuarenta Dólares Con 00/100 (Us$1

º Suprímese en el Consulado General de Colombia en Lima, Perú, el cargo de Auxiliar Administrativo, grado Ocupacional 6PA (local), con una asignación básica mensual de mil cuarenta dólares con 00/100 (US$1.O4O), cargo actualmente vacante.

Article 2Créase En El Consulado General De Colombia En Lima, Perú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo Grado Ocupacional 2pa(Local), Con Una Asignación Básica Mensual De Quinientos Sesenta Dólares Con 00/100 (Us$560)

º Créase en el Consulado General de Colombia en Lima, Perú, un cargo de Auxiliar Administrativo Grado Ocupacional 2PA(local), con una asignación básica mensual de quinientos sesenta dólares con 00/100 (US$560).

Article 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 23 de noviembre de l994. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo García-Peña. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público