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decreto 1761 de 1992

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confiere el artículo 79 del Código de Comercio, y CONSIDERANDO: Primero. Que corresponde al Gobierno Nacional fijar la jurisdicción de las Cámaras de Comercio

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Que corresponde al Gobierno Nacional fijar la jurisdicción de las Cámaras de Comercio; Segundo.

Que por la continuidad geográfica y los vínculos comerciales que unen a losmunicipios de los departamentos de Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada y al Municipio de Paratebueno, Cundinamarca, con el Departamento del Meta es conveniente asignar jurisdicción sobre dichos territorios a la Cámara de Comercio de Villavicencio;

Article 1Asígnase A La Cámara De Comercio De Villavicencio Jurisdicción Sobre Todos Los Municipios Que Integran Los Departamentos De Guainía, Guaviare, Vaupés Y Vichada Y Sobre El Municipio De Paratebueno, Cundinamarca

º Asígnase a la Cámara de Comercio de Villavicencio jurisdicción sobre todos los municipios que integran los Departamentos de Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada y sobre el Municipio de Paratebueno, Cundinamarca.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confiere el artículo 79 del Código de Comercio, y
El Ministro de Desarrollo Económico