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decreto 510 de 1905

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades constitucionales

Article 1

Art. 1°. Reorganízase la Litografía Nacional con el siguiente personal, que empezará á funcionar el 1.° de Junio próximo. Un Director general, con el sueldo mensual de $ 200 Un Superintendente Cajero 120 Un Inspector 80 Un Grabador 70 Un Ayudante 50 Un Jefe de prensas 60 Un Jefe de recibo y distribución 60 Un Portero 30

Article 2

Art. 2°. Todos los empleados de la Litografía prestarán la fianza que señale el Ministro de Hacienda y Tesoro para asegurar su manejo y responder de las pérdidas ó substracciones de los valores que existan en el Establecimiento.

Article 3

Art. 3°. El Director general de la Litografía queda facultado para contratar los obreros asalariados que sean necesarios para la buena marcha del Establecimiento, previa aprobación del Ministro de Hacienda y Tesoro.

Article 4

Art. 4°. La Litografía Nacional continuará rigiéndose, mientras no se disponga otra cosa, con arreglo al Decreto ejecutivo número 736 de 1901, en todo lo que no se oponga á lo dispuesto en el presente y á los demás preceptos legales ó ejecutivos que se hayan expedido posteriormente.

Article 5

Art. 5°. Adscríbese al Ministerio de Obras Públicas todo lo concerniente al servicio y conservación de la planta eléctrica que funciona en el Teatro Cristóbal Colón. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Hacienda Tesoro