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decreto 1265 de 1948

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 12l de la Constitución, y CONSIDERANDO: 1º Que el 9 de abril de 1948 constituye para los colombianos una luctuosa fecha por la trágica desaparición del ilustre hombre público, gran caudillo popular y jefe del liberalismo colombiano doctor Jorge Eliécer Gaitán

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Que el 9 de abril de 1948 constituye para los colombianos una luctuosa fecha por la trágica desaparición del ilustre hombre público, gran caudillo popular y jefe del liberalismo colombiano doctor Jorge Eliécer Gaitán; 2º;

Que la República, interpretando el sentimiento popular, debe rendir un homenaje perenne a la memoria de aquellos hijos esclarecidos de la democracia que sus virtudes hayan alcanzado el respeto la admiración y el afecto del pueblo;

Article 1

Artículo primero. Conságrase como monumento nacional a la memoria del doctor Jorge Eliécer. Gaitán la casa donde vivió el eximio jefe desaparecido, y donde serán sepultados sus restos con toda solemnidad.

Article 2

Artículo segundo. En dicha casa se formará un museo destinado a conservar la biblioteca y los objetos que recuerden la vida y las actividades públicas del doctor Gaitán.

Article 3

Artículo tercero. La Nación adquirirá los terrenos necesarios para rodear la casa de una plaza que llevará el nombre de Jorge Eliécer Gaitán. En ella se erigirá su estatua.

Article 4

Artículo cuarto. Declárase de utilidad pública la adquisición de los inmuebles necesarios para dar cumplimiento a este Decreto.

Article 5

Artículo quinto. El Gobierno hará los traslados presupuéstales necesarios para la ejecución de las obras ordenadas este Decreto. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA -El Ministre de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Minas y petróleos, Alfonso ARAGON QUINTERO -E1 Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO YLOZANO -E1 Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas