El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades legales
Article 1Nómbrase Al Doctor Armando Leal Silva Registrador De Instrumentos Públicos Del Círculo De Yopal Para El Resto Del Período Que Empezó A Regir El 1º De Enero De 1970
º Nómbrase al doctor Armando Leal Silva Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Yopal para el resto del período que empezó a regir el 1º de enero de 1970.
Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y cúmplase.
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Justicia