JurídicoESEN

decreto 1107 de 1937

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

La suma de veinte mil pesos ($ 20,000) destinada por el artículo 6° de la Ley 171 de 1936 para el Congreso Internacional de Ingenieros que se celebrará en la capital de la República con ocasión del cincuentenario de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, será manejada por el Tesorero de esta entidad, y de su inversión se rendirá cuenta a la Contraloría General de la República.

Article 6De La Ley 171 De 1936 Para El Congreso Internacional De Ingenieros Que Se Celebrará En La Capital De La República Con Ocasión Del Cincuentenario De La Sociedad Colombiana De Ingenieros, Será Manejada Por El Tesorero De Esta Entidad, Y De Su Inversión Se Rendirá Cuenta A La Contraloría General De La República

Artículo único. La suma de veinte mil pesos ($ 20,000) destinada por el artículo 6° de la Ley 171 de 1936 para el Congreso Internacional de Ingenieros que se celebrará en la capital de la República con ocasión del cincuentenario de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, será manejada por el Tesorero de esta entidad, y de su inversión se rendirá cuenta a la Contraloría General de la República.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público