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decreto 89 de 1940

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1Suprímense Las Siguientes Plazas En El Ministerio De Correos Y Telégrafos: Departamento De Personal

º Suprímense las siguientes plazas en el Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento de Personal. Oficial segundo $ 90.00 Oficial de Archivo 60.00 Departamento de Giros. Tres Ayudantes, a $ 70 210.00 360.00

Article 2Créanse Las Siguientes Plazas En El Mismo Ministerio: Departamento De Personal

º Créanse las siguientes plazas en el mismo Ministerio: Departamento de Personal. Oficial segundo $ 80.00 Auxiliar Escribiente 70.00 Departamento de Giros. Dos Ayudantes primeros, a $ 80 cada uno 160.00 Ayudante segundo 50.00 360.00

Article 3Cámbiase La Siguiente Denominación: Servicio Internacional

º Cámbiase la siguiente denominación: Servicio Internacional. Ayudante: se denominará Oficial , con la misma asignación.

Article 4Las Plazas Que Se Crean Por Medio Del Presente Decreto Vienen Siendo Desempeñadas En La Forma Y Con Das Asignaciones Señaladas En Los Artículos Anteriores, Y Las Que Se Suprimen Han Estado Vacantes Desde El 16 De Enero

º Las plazas que se crean por medio del presente Decreto vienen siendo desempeñadas en la forma y con das asignaciones señaladas en los artículos anteriores, y las que se suprimen han estado vacantes desde el 16 de enero. En consecuencia, reconócese derecho a sueldo a los individuos que las sirven desde el 16 de enero en adelante, quienes no necesitan tomar nuevamente posesión.

Article 5Los Pagos De Acuerdo Con El Presente Decreto Se Imputarán Al Capítulo 69, Artículo 1207 De Las Apropiaciones Vigentes, Al Cual Corresponden Igualmente Las Plazas Suprimidas

º Los pagos de acuerdo con el presente Decreto se imputarán al capítulo 69, artículo 1207 de las apropiaciones vigentes, al cual corresponden igualmente las plazas suprimidas. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos