JurídicoESEN

decreto 1106 de 1950

5 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

De los fondos señalados en el Capítulo 68, artículo 1086 del Presupuesto Nacional vigente, destínase la suma de $ 159.470 para sueldos del personal, alimentación de los alumnos y empleados internos, gastos varios y dotación de las Escuelas Artesanales del país en el año de 1950.

Article 1086Del Presupuesto Nacional Vigente, Destínase La Suma De $ 159

Artículo primero. De los fondos señalados en el Capítulo 68, artículo 1086 del Presupuesto Nacional vigente, destínase la suma de $ 159.470 para sueldos del personal, alimentación de los alumnos y empleados internos, gastos varios y dotación de las Escuelas Artesanales del país en el año de 1950.

Article 2

Artículo segundo. La partida señalada en el artículo anterior con destino a las Escuelas Artesanales, se distribuye así: Escuela Artesanal de Quibdo (Chocó). Para sueldos en 10 meses, marzo a diciembre: Mensual. Total. Director $ 350.00 3.500.00 Secretario-habilitado-almacenista 200.00 2.000.00 Sumas $ 550.00 5.500.00 Para sueldos en 9 meses, abril a diciembre: Un Profesor de cultura general $ 220.00 1.980.00 Dos Jefes de taller, a razón de $ 180 mensuales cada uno 360.00 3.240.00 Capellán-profesor 50.00 450.00 Médico 50.00 450.00 Servicio doméstico, aseo y vigilancia, hasta 120.00 1.080.00 Sumas $ 800.00 12.700.00 Para alimentación en 9 meses, abril a diciembre: De treinta (30) alumnos internos becados, a razón de $ 40 mensuales cada uno 1.200.00 10.800.00 De 20 raciones alimenticias de alumnos externos, a razón de $ 0.50 diarios cada uno, en 24 días de cada mes 240.00 2.160.00 De 5 empleados internos (Director, Secretario-habilitado, Profesor de cultura y 2 jefes de taller), a razón de $ 40 mensuales cada uno 200.00 1.800.00 Del servicio doméstico, aseo y vigilancia 120.00 1.080.00 Sumas $ 1.760.00 28.540.00 Para gastos varios en 10 meses, marzo a diciembre: Para servicios de energía, agua, teléfono, aseo, material de enseñanza, elementos para talleres, útiles de escritorio, reparaciones y acondicionamientos locativos, instalaciones en general, jornales, deportes, drogas y demás gastos de la escuela $ 600.00 6.000.00 Para compra de maquinaria, herramientas, instalación de talleres y demás gastos de la escuela en el año 10.460.00 Suma $ 45.000.00 Escuela Artesanal de Ocaña (N. de S.) Para sueldos en 10 meses, marzo a diciembre: Director $ 350.00 3.500.00 Secretario-habilitado-almacenista 200.00 2.000.00 Sumas $ 550.00 55.500.00 Para sueldos en 9 meses, abril a diciembre: Un Profesor de cultura general $ 200.00 1.800.00 Dos Jefes de taller, a razón de $ 170 mensuales cada uno 340.00 3.060.00 Capellán-profesor 50.00 450.00 Médico 50.00 450.00 Servicio doméstico, aseo y vigilancia, hasta 120.00 1.080.00 Sumas $ 760.00 57.340.00 Mensual. Total. Para alimentación en 9 meses, abril a diciembre: De 25 alumnos internos a razón de $ 35 mensuales cada uno $ 875.00 7.875.00 De 15 raciones alimenticias para alumnos externos de restaurante, a razón de $ 0.50 diarios cada uno, en 24 días de cada mes 180.00 1.620.00 De 5 empleados internos (Director, Secretario-habilitado, Profesor de cultura y 2 Jefes de taller), a razón de $ 35 mensuales cada uno 175.00 1.575.00 Del servicio doméstico, aseo y vigilancia, hasta 100.00 900.00 Sumas $ 1.330.00 69.310.00 Para gastos varios en 10 meses, marzo a diciembre: Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, elementos para talleres, reparaciones y acondicionamientos locativos, instalaciones en general, jornales, deportes, drogas y demás gastos de la escuela 500.00 5.000.00 Para compra de maquinaria, herramientas, laboratorios y conservación de los mismos, instalación de talleres y demás gastos de la escuela, en el año 7.690.00 Suma $ 82.000.00 Escuela Artesanal de Florencia (Caquetá). Para sueldos en 9 meses, abril a diciembre: Director $ 300.00 2.700.00 Secretario-habilitado-almacenista 200.00 1.800.00 Dos Jefes de taller a razón de $ 150 mensuales cada uno 300.00 2.700.00 Médico 50.00 450.00 Servicio doméstico, aseo y vigilancia, hasta 100.00 900.00 Sumas $ 950.00 90.550.00 Para alimentación en 8 meses, abril a noviembre: De 15 alumnos becados internos, a razón de $ 40 mensuales cada uno $ 600.00 4.800.00 De 20 raciones alimenticias para alumnos externos de restaurante, a razón de $ 0.50 diarios cada uno, en 24 días de cada mes 240.00 1.920.00 De 4 empleados internos (Director, Secretario-habilitado y 2 Jefes de taller), a razón de $ 40 cada uno 160.00 1.280.00 Del servicio doméstico, aseo y vigilancia, hasta 100.00 800.00 Sumas $ 1.100.00 99.350.00 Para gastos varios en 10 meses, marzo a diciembre: Para servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles, de escritorio, elementos para talleres, reparaciones y acondicionamientos locativos, instalaciones en general, jornales, deportes, drogas y demás gastos de la escuela $ 500.00 5.000.00 Para compra de maquinaria, herramientas, intalación de talleres y demás gastos, en el año $ 7.650.00 Suma $ 1l2.000.00 Curso para obreros del Instituto Técnico Superior de Bogotá. Para sueldos en 10 meses, marzo a diciembre: Un Profesor de cultura general director de grupo $ 300.00 3.000.00 Cuatro Jefes de taller, a razón de $ 70 mensuales cada uno 280.00 2.800.00 Sumas $ 580.00 117.800.00 Para alimentación en 10 meses, marzo a diciembre: Del Profesor de cultura general, director de grupo 45.00 450.00 Sumas $ 45.00 118.250.00 Gastos varios: Para material de enseñanza, compra de herramientas y demás gastos del curso, en el año $ 3.750.00 Suma $ 122.000.00 Curso para obreros del Instituto Técnico Superior "Pascual Bravo", de Medellin. Para sueldos en 9 meses, abril a diciembre: Director $ 50.00 450.00 Para el profesorado externo de cultura general, a razón de $ 4.00 la hora, hasta 160.00 1.440.00 Cinco Profesores de tecnología y taller, a razón de $ 100 mensuales cada uno 500.00 4.500.00 Sumas $ 710.00 128.390.00 Gastos varios: Para material de enseñanza, elementos de talleres, útiles de escritorio, transportes y demás gastos del curso, en el año 3.610.00 Suma $ 132.000.00 Curso Artesanal del Instituto Popular de cultura de Bogotá. Para sueldos en 10 meses, marzo a diciembre: Profesor de repujado y estampado $ 80.00 800.00 Profesor de talla en madera 80.00 800.00 Profesor de carpintería y ebanistería 80.00 800.00 Profesor de juguetería 80.00 800.00 Profesor de dibujo industrial y decorativo 100.00 1.000.00 Sumas $ 420.00 136.200.00 Para sueldos en 9 meses, abril a diciembre: Profesor jefe del curso $ 300.00 2.700.00 Profesora de cultura general 250.00 2.250.00 Bibliotecaria 80.00 720.00 Portero-celador 100.00 900.00 Servicio doméstico, aseo y vigilancia, hasta 100.00 900.00 Sumas $ 830.00 143.670.00 Para alimentación en 9 meses, abril a diciembre: De 70 raciones de restaurante para los alumnos, a razón de $ 0.50 diarios cada uno, en 24 días de cada mes $ 840.00 7.560.00 Sumas $ 840.00 151.230.00 Para gastos varios en 9 meses, abril a diciembre: Para el pago del arrendamiento de una casa en donde debe funcionar el curso artesanal $ 330.00 2.970.00 Para pago de agua y luz, hasta 30.00 270.00 Sumas $ 360.00 154.470.00 Curso Artesanal de "San Juan Bosco", de Bogotá. Para sueldos en 10 meses, marzo a diciembre: De un Profesor de encuademación $ 150.00 1.500.00 De un Profesor de tapetería 150.00 1.500.00 Un Oficial de taller de modistería y corte 150.00 1.500.00 Sumas $ 450.00 158.970.00 Gastos varios: Para materiales del Curso Artesanal en 10 meses $ 50.00 500.00 Sumas $ 50.00 159.470.00 Total $ 159.470.00

Article 3

Artículo tercero. Las partidas correspondientes a sueldos, pensiones alimenticias, servicio de restaurante escolar, pago de servicio doméstico y gastos varios de las Escuelas Artesanales de Quibdó (Chocó), Ocaña (Norte de Santander) y Florencia, serán giradas por conducto de los Secretarios-habilitados-almacenistas de los respectivos establecimientos, nombrados por el Ministerio de Educación Nacional, quienes deberán prestar la fianza que señale la Contraloría General de la República. Las mismas partidas correspondientes a los cursos para obreros de los Institutos Técnicos Superiores de Bogotá y Medellín, serán giradas por conducto de los Habilitados de los establecimientos mencionados, y las que correspondan por el mismo concepto al curso artesanal del Instituto Popular de Cultura de Bogotá, serán giradas por conducto del Secretario-habilitado de dicho Instituto.

Article 4

Artículo cuarto. Las partidas correspondientes a compra de maquinaria, herramientas e instalación de talleres, serán manejadas por el Contador-pagador del Ministerio de Educación Nacional, lo mismo que las partidas para sueldos y materiales del curso artesanal de "San Juan Bosco", de Bogotá. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Ganadería encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional