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decreto 223 de 1945

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que el día 3 de febrero de 1945 se cumple el 150° aniversario del natalicio del Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre

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Que el día 3 de febrero de 1945 se cumple el 150° aniversario del natalicio del Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre;

Que es deber de gratitud honrar la memoria de las proceres y fundadores de la Nación colombiana;

Article 1Declárase Día De Fiesta Cívica El 3 De Febrero De 1945

° Declárase día de fiesta cívica el 3 de febrero de 1945.

Article 2En Todos Los Cuerpos Armados De La República Deberán Dictarse Conferencias Sobre La Vida Y Hechos Del Gran Mariscal De Ayacucho

° En todos los Cuerpos armados de la República deberán dictarse conferencias sobre la vida y hechos del Gran Mariscal de Ayacucho.

Article 3Los Gobernadores, Intendentes Y Comisarios Organizarán Programas De Las Festividades Conmemorativas De Esta Efemérides

° Los Gobernadores, Intendentes y Comisarios organizarán programas de las festividades conmemorativas de esta efemérides. Comuníquese y

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Guerra