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decreto 88 de 1934

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

La cantidad de $ 300,000, apropiada en el artículo 36, del capítulo 16, del Presupuesto de la vigencia actual, para auxiliar en sus gastos a las Intendencias y Comisarías Especiales, atender a la compra de lanchas y al pago de las Divisiones de la Policía Nacional que prestan servicio en las citadas dependencias, se distribuye así:

Article 36, Del Capítulo 16, Del Presupuesto De La Vigencia Actual, Para Auxiliar En Sus Gastos A Las Intendencias Y Comisarías Especiales, Atender A La Compra De Lanchas Y Al Pago De Las Divisiones De La Policía Nacional Que Prestan Servicio En Las Citadas Dependencias, Se Distribuye Así: Comuníquese Y Cúmplase

Artículo único. La cantidad de $ 300,000, apropiada en el artículo 36, del capítulo 16, del Presupuesto de la vigencia actual, para auxiliar en sus gastos a las Intendencias y Comisarías Especiales, atender a la compra de lanchas y al pago de las Divisiones de la Policía Nacional que prestan servicio en las citadas dependencias, se distribuye así: Comuníquese y cúmplase. Dado en Fusagasugá a 15 de enero de 1934. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Gobierno, Gabriel TURBAY

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno