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decreto 87 de 1987

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que la Ley 42 de 1985, "por la cual se transforma el Instituto Nacional de Radio y Televisión Inravisión en una entidad asociativa de carácter especial y se dictan otras disposiciones", en su artículo 13 le atribuyó al Consejo Nacional de Televisión todas las facultades concernientes a la adjudicación de espacios de televisión

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Que la Ley 42 de 1985, "por la cual se transforma el Instituto Nacional de Radio y Televisión Inravisión en una entidad asociativa de carácter especial y se dictan otras disposiciones", en su artículo 13 le atribuyó al Consejo Nacional de Televisión todas las facultades concernientes a la adjudicación de espacios de televisión;

Que al Consejo Nacional de Televisión le compete señalar la política general del Instituto Nacional de Radio y Televisión, de acuerdo con sus fines; Que, por tanto, las disposiciones contenidas en el Decreto reglamentario 2228 de 1983, no pueden regir el proceso de licitación y adjudicación de espacios de televisión;

Article 1º

º. Derógase el Decreto reglamentario 2228 de 1983, expedido por el Gobierno Nacional.

Article 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
El Ministro de Comunicaciones