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decreto 641 de 1997

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren e ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 17 del Decreto 1680 de 199 y la Ley 4 de 1992

Article 1

º . Suprímense de la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes cargos: Nº de cargos Denominación Código Grado 7 Asesor 210 40 1 Asistente de Coordinación 305 35

Article 2

º . Créanse en la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes cargos: Nº de cargos Denominación Código Grado 5 Asesor 210 44 1 Asesor 210 35

Article 3

º . Los Asesores 210-44, tendrán derecho, previa autorización del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a la Prima Técnica prevista en el Decreto 1624 de 1991 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Article 4

º . El presente Decreto rige a partir de su publicación. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 días de marzo de 1997.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades que le confieren e ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 17 del Decreto 1680 de 199 y la Ley 4 de 1992
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública