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decreto 470 de 2015

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998

Article 1Adición De Un Numeral Al Artículo 8° Del Decreto Número 1649 De 2014

°. Adición de un numeral al artículo 8° del Decreto número 1649 de 2014 . El artículo 8° del Decreto número 1649 de 2014, tendrá un nuevo numeral, así: “25. Orientar y promover la formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Espacial y la ejecución de planes derivados, programas y proyectos relacionados con el Desarrollo Espacial Colombiano, la coordinación interinstitucional e intersectorial que contribuya al Desarrollo Espacial Colombiano”.

Article 2Modificación Del Artículo 35 Del Decreto Número 1649 De 2014

°. Modificación del artículo 35 del Decreto número 1649 de 2014. El artículo 35 del Decreto número 1649 de 2014, quedará así: “Artículo 35. Dirección para Proyectos Especiales. Son funciones de la Dirección para Proyectos Especiales las siguientes

1.

Promover la coordinación interinstitucional e intersectorial que contribuya al desarrollo de aquellos proyectos especiales asignados por el Presidente de la República al Vicepresidente de la República y que no estén específicamente asignados a otra dirección.

2.

Coordinar los proyectos de renovación urbana en cabeza de la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS.

3.

Las demás que le señalen las normas legales o reglamentarias, las que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República”.

Article 3Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública