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decreto 3519 de 1962

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros, Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 131 de 1962, para amparar el traslado de que se trata

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Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales, por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 131 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y;

Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional;

Article 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1962: Aquí Pdf Diario Oficial 31018 (Tablas De Presupuestos) Pág

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 31018 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 1 A 6

Article 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha -De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha -de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda v Crédito