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decreto 627 de 2000

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las contempladas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo del artículo 42 de la Ley 510 de 1999

Article 1

º . Constituyen gastos de funcionamiento de la Superintendencia Bancaria, las sumas que ésta transfiera a la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria -Capresub- para atender el pago de las obligaciones pensionales y de las prestaciones económicas en favor de los pensionados.

Parágrafo

Como retribución por el servicio que preste la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria -Capresub- , la Superintendencia Bancaria le pagará la suma que acuerden las dos entidades.

Article 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las contempladas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo del artículo 42 de la Ley 510 de 1999
El Ministro de Hacienda y Crédito Público