JurídicoESEN

decreto 502 de 1939

6 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades que le confiere la Ley, y CONSIDERANDO: a) Que por Decretos números 362, de 28 de febrero, y 621, de 31 de marzo de 1938, se adscribieron al Director de la Colonia Penal y Agrícola de Araracuara las funciones de Ingeniero-Jefe de la carretera de Araracuara, en la Comisaría del Caquetá

Whereas · 3 recitals

Que por Decretos números 362, de 28 de febrero, y 621, de 31 de marzo de 1938, se adscribieron al Director de la Colonia Penal y Agrícola de Araracuara las funciones de Ingeniero-Jefe de la carretera de Araracuara, en la Comisaría del Caquetá; b);

Que el Gobierno está interesado en que, tanto la Colonia Penal y Agricola de Araracuara como la carretera, tengan una pronta y eficaz realización, para lo cual es necesario la independencia de las entidades administrativas y directivas de aquellas obras; y c);

Que el Departamento de Territorios Nacionales del Ministerio de Gobierno, por la naturaleza y extensión de sus funciones, posee todos los elementos necesarios para dirigir el estudio y construcción de la carretera.

Article 1Encárgase Al Director Del Departamento De Territorios Nacionales, Ingeniero Doctor Enrique Garcés, Del Estudio, Trazado Y Construcción De La Carretera De Araracuara

º. Encárgase al Director del Departamento de Territorios Nacionales, Ingeniero doctor Enrique Garcés, del estudio, trazado y construcción de la carretera de Araracuara.

Article 2El Director Del Mencionado Departamento Podrá Contratar, Con Autorización Del Ministerio De Gobierno, El Estudio, Plan Y Construcción De La Obra, Bajo Su Control Y Vigilancia

º. El Director del mencionado Departamento podrá contratar, con autorización del Ministerio de Gobierno, el estudio, plan y construcción de la obra, bajo su control y vigilancia.

Article 3En Caso De Que El Sistema De Administración Directa Fuere Más Conveniente Que El Fijado En El Artículo Anterior, El Ministerio De Gobierno Organizará, Mediante Resoluciones, Los Estudios Y Trabajos A Que Se Refiere El Presente Decreto, Hará Los Nombramientos Necesarios Y Fijará Las Asignaciones

º. En caso de que el sistema de administración directa fuere más conveniente que el fijado en el artículo anterior, el Ministerio de Gobierno organizará, mediante resoluciones, los estudios y trabajos a que se refiere el presente Decreto, hará los nombramientos necesarios y fijará las asignaciones.

Article 4El Sindico-Pagador De La Colonia Penal Y Agrícola De Araracuara Continuará Ejerciendo Las Funciones De Pagador De La Carretera, Conforme A Lo Dispuesto En El Artículo 2º Del Decreto Número 362, De Febrero 28 De 1938, Y Los Pagos Referentes A Dicha Obra Serán Autorizados Por El Director De Territorios Nacionales

º. El Sindico-Pagador de la Colonia Penal y Agrícola de Araracuara continuará ejerciendo las funciones de Pagador de la carretera, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto número 362, de febrero 28 de 1938, y los pagos referentes a dicha obra serán autorizados por el Director de Territorios Nacionales.

Article 5En Cualquiera De Los Dos Casos, El Director Del Departamento De Territorios Nacionales Visitará La Obra Por Lo Menos Una Vez Cada Dos Meses, Cuyos Viáticos Se Pagarán De Fondos De La Carretera

º. En cualquiera de los dos casos, el Director del Departamento de Territorios Nacionales visitará la obra por lo menos una vez cada dos meses, cuyos viáticos se pagarán de fondos de la carretera.

Article 6El Director De La Colonia Penal Y Agrícola De Araracuara Entregará Mediante Inventario, Los Materiales Y Elementos De Construcción De La Carretera, Al Comisionado Que Designe El Director Del Departamento De Territorios Nacionales

º. El Director de la Colonia Penal y Agrícola de Araracuara entregará mediante inventario, los materiales y elementos de construcción de la carretera, al comisionado que designe el Director del Departamento de Territorios Nacionales. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno