JurídicoESEN

decreto 220 de 1919

3 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1° De Marzo De 1918 A 28 De Febrero De 1919, La Suma De Cuarenta Y Cinco Mil Pesos ($ 45,000), Tomada De Las Imputaciones Que En Seguida Se Indican: Ministerio De Guerra Capitulo 43 Material Del Ejército Artículo 323

° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para la vigencia fiscal de 1° de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919, la suma de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45,000), tomada de las imputaciones que en seguida se indican: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 43 Material del Ejército Artículo 323. .Para el gasto que ocasione el suministro de vestuario y equipo para el Ejército, así:

Parágrafo 3

Para equipos individuales $ 40,000 Artículo 324. Para compra de caballos y monturas 5,000 Suman las deducciones $ 45,000

Article 2La Suma Que Se Traslada Llevará Las Siguientes Imputaciones: Ministerio De Guerra Capitulo 43 Material Del Ejército Artículo 336

° La suma que se traslada llevará las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 43 Material del Ejército Artículo 336. Para alimentación y sanidad de los ganados del Ejército $ 5,000 5,000 CAPITULO 47 Vigencias anteriores Artículo 364. Para atender al pago de los saldos pendientes, referentes a la vigencia fiscal de 1° de marzo de 1917 a 28 de febrero de 1918 $ 40,000 40,000 Total $ 45,000

Article 3La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, La De Reconocimientos Del Ministerio De Guerra Y Las Pagadoras Respectivas Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto

° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Guerra y las Pagadoras respectivas describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
el Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho del Tesoro