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decreto 797 de 1943

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 9 de abril del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado entre las apropiaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos, según consta en la nota número 804, procedente de la Secretaría de dicha entidad

Whereas · 1 recital

Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 9 de abril del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado entre las apropiaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos, según consta en la nota número 804, procedente de la Secretaría de dicha entidad;

Article 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Vigente

° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente. MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS Capítulo 73. Del artículo 1098. Para sueldos del personal de las oficinas directas del Ministerio, en el año $ 1.710.00 Capítulo 77. Al artículo 1142. Para sueldos del personal del Servicio de Radiocomunicaciones $ 1.710.00

Article 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos