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decreto 219 de 1976

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Nacional

Article 1Modificase Y Adicionase El Decreto Reglamentario Número 00116 De 1976 En Los Siguientes Términos: El Artículo 8º Quedará Así: Los Funcionarios Del Ministerio Del Trabajo Y Seguridad Social Investidos Del Carácter De Jefes De Policía; Los Alcaldes Municipales Y Los Inspectores De Policía, Vigilarán El Cumplimiento Del Presente Decreto E Impondrán Las Sanciones Contempladas En El Numeral 3º Del Artículo Primero De La Ley 52 De 1975

º Modificase y adicionase el Decreto reglamentario número 00116 de 1976 en los siguientes términos: El artículo 8º quedará así: Los funcionarios del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social investidos del carácter de Jefes de Policía; los Alcaldes Municipales y los Inspectores de Policía, vigilarán el cumplimiento del presente Decreto e impondrán las sanciones contempladas en el numeral 3º del artículo primero de la Ley 52 de 1975.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social