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decreto 2305 de 2004

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 225 de 1995

Article 1Las Liquidaciones De Las Rentas De Destinación Específica De Que Tratan Los Numerales 2 Y 3 Del Artículo 359 De La Constitución Política, Se Harán Efectivas Una Vez Descontadas Las Transferencias Territoriales De Que Tratan Los Artículos 356 Y 357 De La Constitución Política, En Los Términos Establecidos En El Artículo 7° De La Ley 225 De 1995

°. Las liquidaciones de las rentas de destinación específica de que tratan los numerales 2 y 3 del artículo 359 de la Constitución Política, se harán efectivas una vez descontadas las transferencias territoriales de que tratan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, en los términos establecidos en el artículo 7° de la Ley 225 de 1995.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 225 de 1995
El Ministro de Hacienda y Crédito Público