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decreto 127 de 1999

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales

Article 1º

º. Asígnase al doctor Gustavo Bell Lemus, Vicepresidente de la República de Colombia, la misión especial de revisar agenda bilateral con Trinidad y Tobago y Guyana, del 19 al 21 de enero de 1999.

Article 2º

º. Confiérese comisión de servicios al doctor Gustavo Bell Lemus, Vicepresidente de la República de Colombia, para que viaje a Trinidad y Tobago y Guyana del 19 al 21 de enero de 1999, en cumplimiento de la misión asignada en el artículo anterior.

Article 3º

º. El doctor Gustavo Bell Lemus tendrá derecho a la suma de quinientos dólares (US$500.00) por el término de dos días y medio de viáticos a razón de US$200.00 diarios.

Article 4º

º. Autorízase el pago correspondiente a viáticos, con cargo al Presupuesto, funcionamiento asignado al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 1999.

Article 5º

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de enero de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República