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decreto 2302 de 1975

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y en desarrollo de los Decretos Legislativos 1136 y 1249 de 1975.

Article 1Mientras Subsista El Estado De Sitio Declarado Por Los Decretos 1136 Y 1249 De 1975, Para Ser Magistrado O Fiscal Del Tribunal Superior Militar, En Propiedad, Se Necesita Cumplir Los Requisitos Y Calidades Exigidos Por El Artículo 155 De La Constitución A Los Magistrados De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial, O Las Legales Contemplados En El Código De Justicia Penal Militar

°. Mientras subsista el estado de sitio declarado por los Decretos 1136 y 1249 de 1975, para ser Magistrado o Fiscal del Tribunal Superior Militar, en propiedad, se necesita cumplir los requisitos y calidades exigidos por el artículo 155 de la Constitución a los Magistrados de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, o las legales contemplados en el Código de Justicia Penal Militar.

Article 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y en desarrollo de los Decretos Legislativos 1136 y 1249 de 1975
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Justicia
El Ministro de Defensa Nacional
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Desarrollo Económico
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas