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decreto 2894 de 1944

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el. Consejo ele Ministros en su sesión del dia 14 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva

Article 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores

Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Relaciones Exteriores. Capitulo 20. Del artículo 183. Para atender al pago de sueldos, en viaje de ida y regreso, de los funcionarios del servicio diplomático, en el año $ 200.00 Capítulo 20. Al artículo 185 Para viáticos del personal diplomático, en el año $ 200.00

Article 2El Presente Decretó Rige Desde Su Fecha, Comuníquese Y Publíquese

Articulo 2° El presente Decretó rige desde su fecha, Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Credíto Público