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decreto 496 de 1975

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1La Inspección Y Vigilancia Especificadas En El Artículo 2º Del Decreto 1651 De1974 Se Refieren A Las Actuaciones Indispensables Y Concretas De La Superintendencia De Sociedades, En Orden A Determinar La Conformación Del Capital De Las Empresas

º La inspección y vigilancia especificadas en el artículo 2º del Decreto 1651 de1974 se refieren a las actuaciones indispensables y concretas de la Superintendencia de Sociedades, en orden a determinar la conformación del capital de las empresas.

Article 2Sin Perjuicio De Las Atribuciones De La Superintendencia De Sociedades Por Razones Distintas A Las Previstas En El Decreto 1651 De 1974, Las Actuaciones A Que Se Refiere El Artículo 1º De Este Decreto No Implican Vigilancia Permanentes Sobre Las Sociedades Que No Se Hallen Sometidas Al Control De La Superintendencia

º Sin perjuicio de las atribuciones de la Superintendencia de Sociedades por razones distintas a las previstas en el Decreto 1651 de 1974, las actuaciones a que se refiere el artículo 1º de este Decreto no implican vigilancia permanentes sobre las sociedades que no se hallen sometidas al control de la superintendencia.

Article 3En Los Términos De Este Decreto Queda Aclarado El Artículo 2º Del Decreto 1651de 1974

º En los términos de este Decreto queda aclarado el artículo 2º del Decreto 1651de 1974.

Article 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Desarrollo Económico