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decreto 1748 de 1992

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Ministro de Gobierno de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto 1727 de 1992 y en especial de las conferidas por el artículo 189 numeral 25 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las leyes 6 de 1971 y 7 de 1991, previo concepto del Consejo Superior de Comercio Exterior.

Article 1La Subpartida 1005900000 Tendrá Los Desdoblamientos, Descripción Y Gravamen Que A Continuación Se Indican: Partida Descripción Gravamen % 1005 1005 90 Los Demás: 00

° La subpartida 1005900000 tendrá los desdoblamientos, descripción y gravamen que a continuación se indican: Partida Descripción Gravamen % 1005 1005 90 Los demás: 00.10 Maíz Blanco 15 00.90 Los demás 15

Article 2Modifícase La Descripción De Las Subpartidas Que A Continuación Se Indican: Partida Descripción 5201 000010 De Fibra Larga, De Longitud Superior 28

° Modifícase la descripción de las subpartidas que a continuación se indican: Partida Descripción 5201 000010 De fibra larga, de longitud superior 28.5 mm. 000020 De fibra media, de longitud superior a 25 mm. pero inferior o igual a 28.5 mm.

Article 3Créase La Siguiente Subpartida Con La Descripción Y Gravamen Que A Continuación Se Indica: Partida Descripción Gravamen % 5201000090 Los Demás 10

° Créase la siguiente subpartida con la descripción y gravamen que a continuación se indica: Partida Descripción Gravamen % 5201000090 Los demás 10

Article 4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio Exterior