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decreto 1096 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, y CONSIDERANDO: Que el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913 Código de Régimen Político y Municipal preceptúa que "Los Yerros caligráficos y tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificadas por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador"

Whereas · 1 recital

Que el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913 Código de Régimen Político y Municipal preceptúa que "Los Yerros caligráficos y tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificadas por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador";

Article 1Corrígese El Decreto Número 921 De 20 De Mayo De 1993, Por El Cual Se Aprobó La Reforma Del Artículo 5° De Los Estatutos Sociales Del Banco Popular, En El Sentido De Manifestar, Que El Citado Decreto Fue Expedido Con Base En Las Atribuciones Conferidas En Los Decretos-Leyes 1050 Y 3130 De 1968 Y No De 1993 Como Se Había Señalado

° Corrígese el Decreto número 921 de 20 de mayo de 1993, por el cual se aprobó la reforma del artículo 5° de los Estatutos Sociales del Banco Popular, en el sentido de manifestar, que el citado decreto fue expedido con base en las atribuciones conferidas en los Decretos-leyes 1050 y 3130 de 1968 y no de 1993 como se había señalado.

Article 2E L Presente Decreto Corrige En Su Parte Pertinente El Decreto 921 De 20 De Mayo De 1993, Y Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° e l presente Decreto corrige en su parte pertinente el Decreto 921 de 20 de mayo de 1993, y rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público