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decreto 495 de 1905

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Artículo único. Adiciónase el Decreto número 76 de 27 de Marzo último, en el sentido de que el 10 por 100 señalado allí como sobresueldo para los Oficiales zapadores, será devengado también por los respectivos Jefes y por los Habilitados, médicos, ingenieros militares e Inspectores de tales trabajos de zapadores. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Guerra