JurídicoESEN

decreto 341 de 2005

3 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 96 de la Ley 795 de 2003 y el artículo 65 de la Ley 921 de 2004

Article 1

º . Modifícase el numeral 5 del artículo 1º del Decreto 066 de 2003, el cual quedará así: "5. Límite de la cobertura. Serán los primeros cuarenta mil (40.000) créditos que se desembolsen entre el 1º de septiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2005 y que de acuerdo con el presente decreto sean Créditos Elegibles".

Article 2º

º. Modifícase el numeral 1 del artículo 4º del Decreto 066 de 2003, el cual quedará así: "1. Fecha de desembolso. Los créditos deberán haberse desembolsado entre el 1º de septiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2005".

Article 3

º . Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 96 de la Ley 795 de 2003 y el artículo 65 de la Ley 921 de 2004
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial