Article 1Autorizase A Los Ministerios Y Departamentos Administrativos Para Publicar Revistas O Folletos De Carácter Periódico O Permanente Y De Índole Informativa Oficial
° Autorizase a los Ministerios y Departamentos Administrativos para publicar revistas o folletos de carácter periódico o permanente y de índole informativa oficial.
La autorización de que trata el presente artículo se entiende sujeta a lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto número 0271 de 1956, que creo la Empresa Nacional de Publicaciones y aprobó Sus Estatutos.
Article 2Los Ministros Y Jefes De Departamentos Administrativos Determinaran, Por Medio De Resoluciones, Cuales Publicaciones De Carácter Periódico O Permanente Gozan Dela Autorización De Que Trata El Presente Decreto
° Los Ministros y Jefes de Departamentos Administrativos determinaran, por medio de resoluciones, cuales publicaciones de carácter periódico o permanente gozan dela autorización de que trata el presente Decreto.
Article 3El Presente Rige A Partir De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
° El presente rige a partir de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,