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decreto 1093 de 1976

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

el Presidente de la Republica de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional

Article 1El Literal A) Del Artículo 40 Del Decreto 2553 De 1975 Reglamentario Del Decreto Ley 2338 De 1971 Reorganico De La Carrera De Oficiales Y Suboficiales De La Policía Nacional, Quedará Así: A) Subtenientes

ARTICULO 1º. El literal a) del artículo 40 del Decreto 2553 de 1975 reglamentario del Decreto Ley 2338 de 1971 reorganico de la carrera de oficiales y suboficiales de la Policía Nacional, quedará así: A) SUBTENIENTES. Tres (3) años de vigilancia como: comandante de sección de vigilancia urbana, rural o servicios especializados; comandante se subestación, puesto o base de patrullaje; en grupos o unidades de la división de información, policía judicial y estadista criminal o sección de información; policía judicial y estadística criminal y comunicaciones o comandante de pelotón o de sección de institutos de instrucción.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Modifica El Literal A) Del Artículo 40 Del Decreto 2553 Del 27 De Noviembre De 1975

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el literal a) del artículo 40 del Decreto 2553 del 27 de noviembre de 1975.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República