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decreto 3444 de 1946

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

º Los $ 20.000 de que trata el artículo 1952, Capitulo 108 del Presupuesto Nacional, y las partidas que se apropien con esta imputación se entregaran al Instituto de Crédito Territorial, como cooperación de la Nación al plan de viviendas obreras de la urbanización, de "Las Delicias", en Cali.

Article 2

º El Instituto de Crédito Territorial una vez hechos con este mismo fin por el Departamento del Valle y el Municipio de Cali los aportes del caso, celebrará el contrato respectivo, con base en tales aportes, además de la suma que el mismo Instituto pueda destinar de sus propios fondos para dicha urbanización o construcción de viviendas populares, en el barrio de ''las Delicias", de Cali.

Article 3

º Los fondos nacionales que se entreguen al Instituto de Crédito Territorial de acuerdo, con este Decreto, no podrán invertirse en fines distintos de los de construcción de viviendas obreras en la urbanización "Las Delicias" de la ciudad de Cali. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República