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decreto 2110 de 1944

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Article 1

Autorízase el resello de un.millón de estampillas postales ordinarias, de $ 0.05 cada una, de las que tiene en existencia el Almacén de Especias, fabricadas por Columbian Rank Note Company, de Chicago, así:

estampillas con la nueva denominación de $ 0.01 cada una.

estampillas con la nueva denominación de $ 0.02 cada una.

Parágrafo

El gasto que demande el presente Decreto se imputara al capítulo 75, artículo 1416 del Presupuesto vigente.

Article 1416Del Presupuesto Vigente

Artículo único. Autorízase el resello de un .millón de estampillas postales ordinarias, de $ 0.05 cada una, de las que tiene en existencia el Almacén de Especias, fabricadas por Columbian Rank Note Company, de Chicago, así: 500.000 estampillas con la nueva denominación de $ 0.01 cada una. 500.000 estampillas con la nueva denominación de $ 0.02 cada una.

Parágrafo

El gasto que demande el presente Decreto se imputara al capítulo 75, artículo 1416 del Presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho de Correos y Telégrafos
Alvaro Diaz Sencargado