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decreto 629 de 1924

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Créase La Cámara De Comercio De La Ciudad De Popayán, Con Sujeción A Las Disposiciones Contenidas En La Ley 111 De 1890

º Créase la Cámara de Comercio de la ciudad de Popayán, con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley 111 de 1890.

Article 2Para La Elección De Los Miembros Que Deben Formar Dicha Cámara, Funcionamiento De La Misma Y Renovación Del Personal De Ella, Se Tendrá En Cuenta Lo Dispuesto En El Decreto Número 586 De 1920

º Para la elección de los miembros que deben formar dicha Cámara, funcionamiento de la misma y renovación del personal de ella, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Decreto número 586 de 1920. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Industrias