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decreto 629 de 1915

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Artículo único. Los guardacostas construídos por la Casa Yarrow & C.°, de Glasgow, destinados al Pacífico, ya en servicio uno, y el otro armándose, se distinguirán con los números 3 y 4, respectivamente, y el construído por la Casa Edwards & C.°, de Londres, que está para botarse al agua en el puerto de Buenaventura, se llamará "Cauca."

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda