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decreto 1407 de 1982

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales

Article 1

º . Suprímense los siguientes cargos de la Planta de Personal de la. Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público: N° de cargos Denominación del empleo Código Grado Dirección General de Impuestos Nacionales. Subdirección de Recaudo. División de Recaudación de Impuestos. 1 (uno) Secretario. 5140 08 Sección de Cuentas Corrientes. 1 (uno) Profesional Especializado 3010 08 División de Cobranzas. 2 (dos) Profesional Universitario 3020 06 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 07 Subdirección General. División de Recursos Humanos. Sección de Personal. 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 07 1 (uno) Secretario 5140 08 Administración de Impuesto Nacionales de Bogotá. División de Recaudo. Sección de Cuentas Corrientes y Caja. Grupos de Recaudo. 1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 07 Administración de Impuestos Nacionales de San Andrés. Despacho del Administrador. 1 (uno) Administrador de Impuestos 2060 11 Administración de Impuestos Nacionales de Sogamoso. Despacho del Administrador. 1 (1) Ayudante de Oficina 5155 07 Recaudación de Impuestos Nacionales de Paz de Río. 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 6035 05

Article 2

º . Créanse los siguientes cargos de la Planta de Personal de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público: N° de cargos Denominación del empleo Código Grado Dirección General de Impuestos Nacionales. Subdirección de Recaudo. 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 División de Recaudación de Impuestos. 1 (uno) Profesional Especializado 3010 08 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 Sección de Programas Especiales. 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 División de Cobranzas. 1 (uno) Secretario. 5140 08 Subdirección General. División de Recursos Humanos. 1 (uno) Secretario 5140 10 Sección de Personal. 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 09 Administración de Impuestos Nacionales de San Andrés. Despacho del Administrador. 1 (uno) Administrador de Impuestos 2060 12 Administración de Impuestos Nacionales de Sogamoso. Despacho del Administrador. 1 (uno) Secretario 5140 08

Article 3

º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe Departamento Administrativo del Servicio Civil