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decreto 74 de 1912

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

Refórmase el artículo 22 del Decreto número 91 de 30 de Enero de 1911, en el sentido de señalar el martes de cada semana para los pagos de que él habla, en lo correspondiente á servicios de los Ministerios de Hacienda y del Tesoro, y el miércoles para los correspondientes al Ministerio de Gobierno.

Article 22Del Decreto Número 91 De 30 De Enero De 1911, En El Sentido De Señalar El Martes De Cada Semana Para Los Pagos De Que Él Habla, En Lo Correspondiente Á Servicios De Los Ministerios De Hacienda Y Del Tesoro, Y El Miércoles Para Los Correspondientes Al Ministerio De Gobierno

Artículo único. Refórmase el artículo 22 del Decreto número 91 de 30 de Enero de 1911, en el sentido de señalar el martes de cada semana para los pagos de que él habla, en lo correspondiente á servicios de los Ministerios de Hacienda y del Tesoro, y el miércoles para los correspondientes al Ministerio de Gobierno.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Subsecretario del Tesoro encargado del Despacho