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decreto 887 de 1881

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Art. 1. ° Las oficinas nacionales de Hacienda y del Telégrafo que han estado servidas por un solo empleado en el distrito de Sincé, quedan separadas la una de la otra, desde el día en que tome posesion de la Administración de Hacienda el individuo que se nombre para servirla.

Article 2

Art. 2.° El empleado que ha estado desempeñando las funciones de Telegrafista y Administrador de Hacienda nacional en Sincé, continuará ejerciendo únicamente las de Telegrafista.

Article 3

Art. 3.° E l Administrador subalterno de Hacienda nacional de Sincé, gozará de lo asignación anual de seiscientos pesos, que le fija la ley de Presupuestos nacionales.

Article 4

Art. 4.° Nómbrase, en propiedad, para desempeñar el destino expresado en el artículo anterior, al señor Luis M. Merlano.

Article 5

Art. 5.° Por fallecimiento del señor Saturnino Neira, nombrase Administrador subalterno de Hacienda nacional en Cocui al señor Daniel Barbosa, en propiedad. Comuníquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Secretario de Estado en el Despecho de Fomento