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decreto 3394 de 1947

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que la Escuela Vocacional Agrícola de Colón, en la Comisaria del Putumayo, ha ofrecido serias deficiencias en su funcionamiento, por inapropiada localización, falta de edificio y de terrenos, motivos suficientes para que no haya cumplido con eficacia la finalidad que persigue el Estado en el ramo Vocacional

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Que la Escuela Vocacional Agrícola de Colón, en la Comisaria del Putumayo, ha ofrecido serias deficiencias en su funcionamiento, por inapropiada localización, falta de edificio y de terrenos, motivos suficientes para que no haya cumplido con eficacia la finalidad que persigue el Estado en el ramo Vocacional;

Que mientras se estudian varios proyectos de traslado del plantel en cuestión, se impone la necesidad de suspenderlo por el tiempo que resta del presente año;

Article 1

Artículo primero. Declárase suspendida la Escuela Vocacional Agrícola de Colón, en la Comisaria del Putumayo, desde el primero de noviembre del presente año, mientras se traslada a otro lugar.

Article 2

Artículo segundo. Decláranse insubsistentes los nombramientos del señor Anatolio Izquierdo B., como Director, y de Sixto Polo, como Mayordomo-Herramientero, a partir del primero de noviembre de este año. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional