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decreto 1242 de 1981

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 383 del 18 de febrero de 1981, se hicieron unas incorporaciones en la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte

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Que por Decreto número 383 del 18 de febrero de 1981, se hicieron unas incorporaciones en la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte;

Que por error en la Secretaría Técnica - Dirección de Inmuebles Nacionales- División de Conservación de Edificios y Monumentos Nacionales- Sección de monumentos y parques urbanos se incorporan los señores Antonio José Morales Vargas y Leopoldo Delgado R., en los cargos de jefe de Sección, código 3010, grado 10 respectivamente;

Article 1

Artículo primero. Declarase sin efecto las incorporaciones hechas mediante Decreto número 383 de 18 de febrero de 1981 en la Planta de personal del Ministerio de Obras Públicas y transporte a los señores Antonio José Morales Vargas y Leopoldo Delgado R., por las razones dadas en el 2° considerando de este Decreto.

Article 2

Artículo segundo. Incorpóranse a la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte las personas que a continuación se relacionan: Dependencia y denominación del empleo -Código- Grado- Nombre del Funcionario. 3. Secretaria Técnica. 3.3 Dirección de Inmuebles Nacionales. c) División de Conservación de Edificios y Monumentos Nacionales Jefe de Sección 2075. 09 Leopoldo Delgado R. Profesional Especializado 3010. 10 Antonio José Morales V

Article 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y Publíquese

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas Y Transporte