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decreto 932 de 1992

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 54 de 1987

Article 1º Convóquese El Consejo Nacional Laboral A Partir Del Día Seis (6) De Junio De 1992 Para Que Analice La Situación De Pensiones A Cargo Del Instituto De Seguros Sociales

º Convóquese el Consejo Nacional Laboral a partir del día seis (6) de junio de 1992 para que analice la situación de pensiones a cargo del Instituto de Seguros Sociales.

Article 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 54 de 1987
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social (E.)