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decreto 1569 de 1940

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el artículo 1° de la Ley 64 de 1938 dispuso que el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales aportara la suma de $ 150.000 para la construcción del Hotel Estación para turistas, que construye la Gobernación de Santander en la ciudad de Bucaramanga

Whereas · 2 recitals

Que el artículo 1° de la Ley 64 de 1938 dispuso que el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales aportara la suma de $ 150.000 para la construcción del Hotel Estación para turistas, que construye la Gobernación de Santander en la ciudad de Bucaramanga; y;

Que el Gobierno Nacional, en vista de la imposibilidad financiera por parte del Consejo para dar cumplimiento a la disposición legal citada, apropió las sumas de $ 50.000 en el Presupuesto de la vigencia de 1939, y $ 70.000 en el capítulo 88, artículo 1483-A, de la Ley de Apropiaciones para la vigencia en curso, como primero y segundo contados del aporte para la construcción del Hotel en Bucaramanga;

Article 1La Suma De $ 70

° La suma de $ 70.000, liquidada en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, capítulo 88, artículo 1483-A, con destino a pagar el segundo contado del aporte para la construcción del Hotel Estación para turistas en la ciudad de Bucaramanga, se entregará directamente a la Gobernación del Departamento de Santander del Sur para que la invierta en la expresada obra.

Article 2Las Disposiciones De Los Artículos 2° Y 3° Del Decreto Número 729 De 1939, Se Aplicarán Igualmente A La Inversión Y Manejo De La Suma Apropiada En El Presupuesto Vigente Con Destino A La Construcción Del Hotel Estación Para Turistas, De Bucaramanga

° Las disposiciones de los artículos 2° y 3° del Decreto número 729 de 1939, se aplicarán igualmente a la inversión y manejo de la suma apropiada en el Presupuesto vigente con destino a la construcción del Hotel Estación para turistas, de Bucaramanga. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas