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decreto 2863 de 1949

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 874 de 1949, "por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Vocacionales Agrícolas", destinó la suma de $ 27.300 para sueldos y sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales Agrícolas de la Intendencia de San Andrés y providencia, y de Leticia en las Comisarias del Amazonas

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Que el Decreto número 874 de 1949, "por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Vocacionales Agrícolas", destinó la suma de $ 27.300 para sueldos y sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales Agrícolas de la Intendencia de San Andrés y providencia, y de Leticia en las Comisarias del Amazonas;

Que las mencionadas Escuelas no pudieron orgánizarse y funcionar en el presente año, por serias dificultades de dotación, edificio y transporté de los elementos disponibles;

Que en cambio, en el Departamento del Atlántico se hace indispensable abrir una Escuela Agrícola, y que el Gobierno Departamental ha ofrecido al Ministerio lote para la Granja y edificio para la Escuela;

Article 1° Modifícase El Decreto Número 874, De Marzo 31 De 1949, "por El Cual Se Distribuyen Las Partidas Para Sueldos Del Personal, Alimentación Y Gastos Varios De Las Escuelas Vocacionales Agrícolas", En El Sentido De Suprimir Durante El Presente Año Las Escuelas Vocacionales Agrícolas De San Andrés Y Providencia Y Leticia, En La Comisaría Del Amazonas, Que Establece El Mencionado Decreto

° Modifícase el Decreto número 874, de marzo 31 de 1949, "por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Vocacionales Agrícolas", en el sentido de suprimir durante el presente año las Escuelas Vocacionales Agrícolas de San Andrés y Providencia y Leticia, en la Comisaría del Amazonas, que establece el mencionado Decreto.

Article 2° La Suma De $ 27

° La suma de $ 27.300 destinada para las Escuelas suprimidas por el artículo anterior, destínase para atender a los siguientes servicios: Para sostenimiento de la Escuela Vocacional Agrícola del Atlántico, así: Sueldos en 4 meses, septiembre a diciembre: Mensual Total. Director $ 250.00 $ 1.000.00 Profesor Habilitado 170.00 680.00 Mayordomo-Herramientero 80.00 320.00 Servicio Doméstico 60.00 240.00 Sumas $ 560.00 2.240.00 Alimentación en 4 meses, septiembre a diciembre: De 2 empleados internos, a $ 40 cada uno 80.00 320.00 Del Mayordomo y del Servicio Doméstico 60.00 240.00 Suma $ 140.00 Alimentación en 3 meses, .octubre a diciembre: De 25 alumnos, a $ 40 cada uno 1.000.00 3.000.00 Para material y gastos varios en 4 meses. septiembre a diciembre 150.00 600.00 1.500.00 Para adaptaciones y mejoras del edificio Para compra de maquinaria, dotación, equipos, semillas, insecticidas, fungicidas, abonos, combustibles, drogas, jornales, deportes, transportes, servicios de energía, servicios médicos y odontológicos para los alumnos; reparaciones locativas, instalación de talleres y demás gastos de todas las Escuelas Vocacionales Agrícolas y Vocacionales para Campesinas del país, de enero a diciembre 19.400.00 Total $ 27.300.00 Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional