JurídicoESEN

decreto 1567 de 2002

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política

Article 1

º . Adiciónase al artículo 6º del Decreto 2877 de 2002, en el siguiente sentido: "Artículo 6º. En los casos contemplados en los numerales V y VII, del artículo 2º del presente decreto, se expedirá pasaporte diplomático a los hijos que conforman su familia hasta los 25 años de edad, siempre y cuando demuestren su dependencia económica".

Article 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores