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decreto 331 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los artículos 120 ordinal 21 y 166 de la Constitución Política

Article 1La Planta De Alumnos De Las Escuelas De Formación De Oficiales Para Las Fuerzas Militares, Durante La Vigencia De 1991, Queda Constituida En La Siguiente Forma: 1

º La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 1991, queda constituida en la siguiente forma

1.

Ejército. Alféreces y Cadetes 1.500

2.

Armada. Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines y Cadetes 700

3.

Fuerza Aérea. Alféreces y cadetes 380 Total general 2.580

Article 2La Planta De Soldados Para La Vigencia De 1991 Será La Siguiente: 1

º La Planta de Soldados para la vigencia de 1991 será la siguiente

1.

Ejército Soldados regulares 75.067 Soldados alumnos 1.800 Soldados voluntarios 6.384 Total 83.251

2.

Armada. Grumetes 600 Soldados de Infantería de Marina 6.853 Soldados voluntarios 525 Total 7.978

3.

Fuerza Aérea . Soldados regulares 3.900 Soldados alumnos 600 Total 4.500 Total general 95.729

Article 3Con El Propósito De Hacer Viable La Ejecución De Esta Planta De Personal, Desde El Punto De Vista Presupuestal, Los Movimientos De Personal Deberán Hacerse En Forma Gradual, Consultando Estrictamente Las Necesidades De Efectivos Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones Asignadas A La Institución

º Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.

Article 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional