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decreto 1083 de 1935

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros en la sesión celebrada el día 7 del corriente mes, concedió autorización al Departamento Nacional de Higiene, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para hacer unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, con arreglo a los artículos 32 y 33 de la Ley 64 de 1931

Article 1

Hácense en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, los siguientes traslados:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE

CAPITULO 67

Lazaretos-Personal y material.

Article 331Para Servicio Doméstico, Gastos De Culto, Inhumaciones, Sirvientes, Enfermeros, Lavado Y Demás Gastos En Los

Artículo único. Hácense en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, los siguientes traslados: DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE CAPITULO 67 Lazaretos-Personal y material. Del artículo 331. Para servicio doméstico, gastos de culto, inhumaciones, sirvientes, enfermeros, lavado y demás gastos en los. Lazaretos, de Agua de Dios, Contratación y Caño de Loro $ 4,200 Al artículo 330. Para sueldos de los empleados de los Lazaretos de Agua de Dios, Contratación y Caño de Loro $ 4,200 Sumas iguales $ 4,200 4,200 Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Comercio