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decreto 331 de 1930

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1Desde La Fecha Del Presente Decreto Suprímese El Puesto De Cajero Del Ferrocarril Del Tolima Y Huila-Caquetá (Explotación)

Articulo 1° Desde la fecha del presente Decreto suprímese el puesto de Cajero del Ferrocarril del Tolima y Huila-Caquetá (explotación).

Article 2Desde La Misma Fecha Adscríbense Al Cajero Principal Del Ferrocarril De Girardot Las Funciones Que Anteriormente Correspondían Al Cajero Del Ferrocarril Del Tolima Y Huila-Caquetá (Explotación)

° Desde la misma fecha adscríbense al Cajero Principal del Ferrocarril de Girardot las funciones que anteriormente correspondían al Cajero del Ferrocarril del Tolima y Huila-Caquetá (explotación).

Article 3El Cajero Principal Del Ferrocarril De Girardot Deberá Extender O Ampliar La Fianza Que Tiene Constituida Para Asegurar El Manejo De Los Nuevos Fondos Que Quedan A Su Cuidado En La Forma Que Determine La Contraloría General De La República

° El Cajero Principal del Ferrocarril de Girardot deberá extender o ampliar la fianza que tiene constituida para asegurar el manejo de los nuevos fondos que quedan a su cuidado en la forma que determine la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas