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decreto 2860 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades, legales, en especial de las que le confiere el Decreto 3069 de 1968

Article 1Nómbrase, Sin Efectos Fiscales Al Doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, Ministro De Minas Y Energía, Miembro De La Junta Nacional De Tarifas De Servicios Públicos

° Nómbrase, sin efectos fiscales al doctor Juan Camilo Restrepo Salazar, Ministro de Minas y Energía, Miembro de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha, De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha, de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado; en Santafé de Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Nacional de Planeación. Armando Montenegro.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, legales, en especial de las que le confiere el Decreto 3069 de 1968
El Director del Departamento Nacional de Planeación